SUPRESIÓN DEL PERMISO DE CONDUCCIÓN DE LA CLASE BTP.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado con fecha 21 de noviembre, el Real Decreto que contempla la modificación del Reglamento General de Conductores, el cual entre otras cuestiones suprime el permiso de conducción de la clase BTP.
En cuanto a esta modificación es de resaltar las siguientes Disposiciones que afectan directamente al sector del Taxi:
Disposición adicional segunda. Normativa aplicable para la conducción de los vehículos prioritarios, de los vehículos que realicen transporte escolar y de los vehículos destinados al transporte público de viajeros.
La supresión del permiso de conducción de la clase BTP exigida para conducir vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente, vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares y vehículos destinados al transporte público de viajeros en servicio de tal naturaleza, todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3500 kg, y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve, no afecta a las demás normas que puedan resultar de aplicación a dichas actividades, con excepción de la clase de permiso de conducción exigible para éstas.
Disposición transitoria única. Vigencia de los permisos de conducción expedidos con anterioridad a la entrada en vigor del presente Real Decreto.
Los permisos de conducción expedidos con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto, con excepción del permiso de la clase BTP, seguirán siendo válidos en las mismas condiciones hasta que proceda expedir un nuevo permiso de conducción con ocasión de su prórroga de vigencia o de cualquier otro trámite reglamentario.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente Real Decreto entrará en vigor el 31 de diciembre de 2015.
(+Inf. pulsar Enlace)
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO GENERAL DE CONDUCTORES
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