Pruebas para la obtención del Certificado de Competencia Profesional para el ejercicio de la actividad de transporte de mercancías y viajeros
Dirección General de Transportes.- Resolución de 17 de agosto de 2020, por la que se fijan las fechas y lugares de celebración de las pruebas para la obtención del Certificado de Competencia Profesional para el ejercicio de la actividad de transporte de mercancías y viajeros por carretera a celebrar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias en el año 2020 y se nombra el Tribunal.
De conformidad con lo establecido en la base séptima de la Resolución de 30 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Transportes, hecha pública en el Boletín Oficial de Canarias nº 14, de 22 de enero de 2020, por la que se convocan pruebas para la obtención del Certificado de Competencia Profesional para el ejercicio de la actividad de transporte de mercancías y/o viajeros por carretera a celebrar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificada por Resolución de 5 de febrero de 2020 (BOC nº 31, de 14.2.2020) resulta procedente fijar la fecha y horario, así como los lugares de celebración de las pruebas y designar los miembros del Tribunal, por lo que en uso de las competencias que tiene atribuidas esta Dirección General de Transportes, conforme el artículo 19.B).3 del Decreto 63/2020, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda.
R E S U E L V O:
Fijar la fecha y horario, así como los lugares de celebración, para la realización de las pruebas de obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de la actividad de transporte de mercancías y viajeros por carretera y la composición de los Tribunales que juzgarán las mismas.
1.- Fecha y horario.
Lunes, 8 de octubre de 2020, a las 9:00 h.- Ejercicio correspondiente a Transporte de Mercancías.
Lunes, 8 de octubre de 2020, a las 16:00 h.- Ejercicio correspondiente a Transporte de Viajeros.
2.- Lugares de celebración.
Tenerife:
Salón de Actos del Edificio de Usos Múltiples I, Avenida Francisco La Roche, nº 35, Santa Cruz de Tenerife.
La Palma:
Casa Rosada, Cuesta La Encarnación, 24, Santa Cruz de La Palma.
Gran Canaria:
Salón de Actos de Edificio de Usos Múltiples I, calle Profesor Agustín Millares Carlo, nº 22, Las Palmas de Gran Canaria.
Fuerteventura:
Palacio de Formación y Congresos de Fuerteventura, calle Eliseo Gómez Ordóñez, 3, (Plaza del Centenario del Cabildo de Fuerteventura), Puerto del Rosario.
Lanzarote:
Sala de comisiones II, Cabildo Insular de Lanzarote, Avenida Fred Olsen, s/n, Arrecife.
3.- Tribunal Calificador.
Estará constituido por los miembros y colaboradores relacionados a continuación:
Presidenta: Dña. Josefa Melián Santana.
Suplente: Dña. Anita Francos del Castillo.
Secretario: D. Dalmacio Benítez López.
Suplente: Dña. Ainhoa González Anitua.
Vocales: Dña. Anita Francos del Castillo, Dña. Emérita Díaz Rodríguez, D. Pedro Fermín González Camacho.
Suplentes: Dña. Casilda Rojo Garnica, Dña. Cándida Sanjuán Ravelo, Dña. Rafaela Mederos Hernández.
Colaboradores:
Dña. Casilda Rojo Garnica.
Dña. Beatriz Mateos Expósito.
Dña. María Luisa Jiménez Rosales.
D. Antonio Rodríguez Chávez.
Dña. Ana Ascensión Hernández Espino.
Dña. Ainhoa González Anitua.
Dña. Cándida Sanjuán Ravelo.
Dña. Begoña Fuente de Frutos.
Dña. Rafaela Mederos Hernández.
D. Carlos David Manzano Gutiérrez.
D. José Carlos Mederos Pino.
Dña. María Josefa Vera Nóbrega.
Dña. Bienvenida Mesa González.
Dña. Rosa María Pérez Fajardo.
Dña. Idaira Pérez Armas.
D. Rafael Cabrera García.
Dña. Ángela Vega Santana.
Dña. María Lourdes Yanes Rodríguez.
Dña. María Sandra Díaz-Llanos Batista.
D. Gregorio Correa Pérez.
4.- De acuerdo con las medidas implantadas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, los aspirantes deben acudir y realizar las pruebas provistos de la correspondiente mascarilla y con la documentación y material especificado en la base quinta de la Resolución de 30 de diciembre de 2019 (BOC nº 14, de 22.1.2020) que establece lo siguiente:
“Los aspirantes admitidos deberán concurrir a las pruebas provistos del documento oficial en vigor acreditativo de su identidad (DNI, NIE, permiso de conducir). Su falta dará lugar a la no admisión del aspirante a la realización de aquellas.
Para la correcta realización de los correspondientes ejercicios los aspirantes deberán ir provistos de material de escritura (lápiz, goma y bolígrafo), pudiendo llevar asimismo máquinas calculadoras al objeto de efectuar las operaciones matemáticas que resultaren necesarias. No obstante, no se permitirá la entrada portando cualquier tipo de aparatos electrónicos con capacidad de almacenamiento de datos diferente a una calculadora”.
5.- Las indemnizaciones previstas por asistencia a órganos de selección clasificados en la 3ª categoría, de los miembros del Tribunal calificador y, en su caso, del personal colaborador, quedan reguladas por lo previsto en el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnización por razón de servicio, modificado parcialmente por el Decreto 67/2002, de 20 de mayo, así como por el Decreto 55/2011, de 4 de marzo. Asimismo el límite máximo de las indemnizaciones por razón del servicio, a percibir por los miembros de los tribunales, se fija en treinta asistencias.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada de acuerdo con lo previsto en el artº. 121 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime oportuno.
Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de agosto de 2020.- El Director General de Transportes, Manuel Ángel Hernández Dámaso.