Prohibido llevar más de un pasajero por taxi, excepto por causa justificada.
NOTA INFORMATIVA IMPORTANTE:
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha publicado a través del Boletín Oficial del Estado de hoy jueves 19 de marzo de 2020, la Orden TMA/254/2020, de 18 de Marzo, por la que se dictan instrucciones en materia de transporte por carretera y aéreo.
En lo que a desplazamientos en vehículos de transporte público de viajeros en vehículos turismo se refiere ( y en eso entra el sector del taxi) dicta lo siguiente:
Los desplazamientos llevados a cabo en transporte público de viajeros en vehículo de turismo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, deberán hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores o por otra causa justificada.
Debido a esta nueva Orden Ministerial, los Decretos de Alcaldía que, en relación al número de ocupantes autorizados regulaban el número de pasajeros, deberán adaptarse a esta nueva situación.
BOLETÍN OFICIAL: https://www.fedetax.es/wp-content/uploads/2020/03/UNICO-PASAJERO-POR-VEHÍCULO-BOE-A-2020-3863-Medidas-transporte-por-carretera.pdf