Sáb. Dic 21st, 2024

Nota aclaratoria del Ministerio de Industria sobre la instalación de mamparas de seguridad no permanentes en vehículos auto-taxi.

ASUNTO: Nota aclaratoria sobre la instalación de mamparas no permanentes en vehículos taxi y VTC.


Con carácter general, la instalación de elementos desmontables en los vehículos no se considera reforma, por lo que no están sometidas a la tramitación exigida en el Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos.


Para evitar dudas sobre esta cuestión se ha añadido la siguiente aclaración en el código de reforma 8.21 “Instalación o desinstalación de mamparas de separación entre asientos”:


“No se considerará reforma la instalación de elementos desmontables y temporales para cumplir las medidas de protección adoptadas durante la crisis sanitaria derivada por el COVID‐19.”


Por otro lado, la instalación o desinstalación de mamparas de carácter permanente de separación entre asientos para vehículos de categoría M1 deben cumplir con lo indicado en el citado código de reforma (CR) 8.21 del Manual de Reformas.


Con base en lo anterior, se indica lo siguiente:

 Los elementos instalados en el vehículo deben ser temporales y fácilmente desmontables. Si el objetivo es realizar una instalación fija y definitiva, deberá cumplirse con todos los requisitos establecidos en el CR 8.21 del Manual de Reformas.


 Dado que la instalación de estos elementos temporales y desmontables no se considera reforma, no es necesaria autorización alguna en lo referente a los requisitos de homologación del vehículo. En consecuencia, las condiciones de seguridad de los mencionados elementos y su instalación no están avaladas por homologación o reforma autorizada.


 El tiempo aconsejado de utilización de estos elementos desmontables y temporales, queda fuera del ámbito de la Autoridad de Homologación.

Puede acceder a la información que se ha publicado referente a este asunto en la página web de este Ministerio, sección de preguntas frecuentes:

https://industria.gob.es/es-es/Servicios/calidad/Paginas/vehiculos.aspx?Faq=COVID-19

“FEDETAX comunica que esto es una información aclaratoria emitida por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (Secretaria General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa) y que esta entidad no se vincula ni con la comercialización o instalación de dichos elementos.”

“Asimismo desde Fedetax se aconseja evitar la instalación de elementos de este tipo que puedan afectar, tanto a la seguridad del vehículo como a la comodidad de los usuarios.”