Gran Canaria. Subvención destinada a la renovación de las flotas de taxis de la isla.
EXCMO. CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA
ANUNCIO
1.154
Extracto de la Convocatoria de Subvenciones destinadas al Programa de Renovación de Flota del Transporte Público Discrecional en Vehículos Autotaxi en el ámbito de Gran Canaria para el año 2024.
BDNS (Identif.): 752773.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/752773)
Extracto de la convocatoria: Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular de 1 de abril de 2024, por el que se aprueba la Convocatoria y las Bases Reguladoras de la concesión de Subvenciones de la Consejería de Gobierno de Presidencia y Movilidad Sostenible del Cabildo de Gran Canaria destinadas al Programa de Renovación de Flota del Transporte Público Discrecional en vehículos autotaxi en el ámbito de Gran Canaria para el año 2024.
Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presentes Bases las personas físicas, titulares de licencia municipal y autorización de transporte público discrecional de vehículos autotaxi (VT) en el ámbito de la isla de Gran Canaria, que adquieran vehículos nuevos de primera matriculación, siempre que reúnan los requisitos para obtener tal condición previstos, en los apartados 2 y 3 del artículo 13 LGS; y en la Base 6ª de la Ordenanza General de Subvenciones.
Objeto: La presente Convocatoria tiene por objeto establecer los principios que regulan la concesión para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas al programa de renovación de flota del transporte público discrecional en vehículos autotaxi en el ámbito de Gran Canaria.
Bases Reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria. (B.O.P. Las Palmas número 166, de 26/12/2008).
Cuantía: 950.000,00 euros. La dotación económica de las subvenciones concedidas será distribuida entre los subsectores del transporte público discrecional, conforme a las prioridades y criterios que se contienen en la presente convocatoria (bases quinta y séptima). En aplicación del artículo 58.2 del RGS, además de la cuantía establecida en el párrafo anterior, resultará admisible la fijación de una cuantía adicional por haberse solicitado un incremento del importe del crédito presupuestario, no disponible en el momento de la convocatoria, por importe de 77.636,75 euros como consecuencia de una incorporación de remanentes de crédito, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria.
Plazo de presentación de las solicitudes: DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el B.O.P. de Las Palmas.
Recursos: Contra esta resolución, que agota la Vía Administrativa, podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al del recibo de esta notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente Recurso Contencioso Administrativo, en el plazo de DOS MESES, contados igualmente a partir del día siguiente al de su notificación, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa según lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Otros datos:
La información relativa a esta Convocatoria puede consultarse en las siguientes páginas web:
www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/
Las Palmas de Gran Canaria, a uno de abril de dos mil veinticuatro.
EL CONSEJERO DE GOBIERNO DE PRESIDENCIA Y MOVILIDAD SOSTENIBLE (Acuerdo Consejo de Gobierno Insular 31/07/2019), Teodoro Claret Sosa Monzón