Gran Canaria. Convocatoria de subvenciones destinadas a la renovación de flota.
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE RENOVACIÓN DE FLOTA DEL TRANSPONTE PÚBLICO DISCRECIONAL EN VEHÍCULOS AUTO-TAXI EN EL ÁMBITO DE GRAN CANARIA PARA EL AÑO 2022.
BDNS (Identif.): 622620.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Extracto de la convocatoria: Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular de 21 de abril de 2022, por el que se aprueba la Convocatoria y las Bases Reguladoras de la concesión de Subvenciones de la Consejería de Gobierno de Obras Públicas, Infraestructuras, Transporte y Movilidad del Cabildo de Gran Canaria destinadas al Programa de Renovación de Flota del Transporte Público Discrecional en vehículos auto-taxi en el ámbito de Gran Canaria para el año 2022.
PRIMERO. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presentes Bases las personas físicas, titulares de licencia municipal y autorización de transporte público discrecional de vehículos auto-taxi (VT) en el ámbito de la isla de Gran Canaria, que adquieran vehículos nuevos de primera matriculación, siempre que reúnan los requisitos para obtener tal condición previstos, en los apartados 2 y 3 del artículo 13 LGS, y en la Base 6ª de la Ordenanza General de Subvenciones.
SEGUNDO. Objeto: La presente Convocatoria tiene por objeto establecer los principios que regulan la concesión para el año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas al programa de renovación de flota del transporte público discrecional en vehículos auto-taxi en el ámbito de Gran Canaria.
TERCERO. Bases Reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria. (B.O.P. Las Palmas, número 166, de 26/12/2008).
CUARTO. Cuantía: 576.321,99 euros.
La dotación económica de las subvenciones concedidas será distribuida entre los subsectores del transporte público discrecional, conforme a las prioridades y criterios que se contienen en la presente convocatoria (bases quinta y séptima). En aplicación del artículo 58.2 del RGS, además de la cuantía establecida en el párrafo anterior, resultará admisible la fijación de una cuantía adicional por haberse solicitado un incremento del importe del crédito presupuestario, no disponible en el momento de la convocatoria, por importe de 200.000 euros como consecuencia de una incorporación de remanentes de crédito, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria.
QUINTO. Plazo de presentación de las solicitudes: DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el B.O.P. de Las Palmas.
SEXTO. Recursos: Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al del recibo de esta notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de DOS MESES, contados igualmente a partir del día siguiente al de su notificación, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa según lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro de abril de dos mil veintidós.
EL CONSEJERO DE GOBIERNO DE VICEPRESIDENCIA PRIMERA, OBRAS PÚBLICAS, INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y MOVILIDAD
Miguel Ángel Pérez del Pino.