Gobierno de Canarias. Modulación temporal de las medidas para la protección de la salud y propagación de la Covid-19 por niveles de alerta.
Boletín Oficial de Canarias N.º 45 publicado en el día de hoy 4 de Marzo de 2022,
El Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 3 de marzo de 2022, fuera del orden del día, adoptó, entre otros y en referencia al transporte público discrecional de viajeros en vehículos turismo y de arriendo con conductor hasta nueve plazas incluido el conductor el siguiente acuerdo:
En las islas que se encuentren en los niveles 1, 2 y 3 de alerta sanitaria, se aplicarán las medidas establecidas para el nivel de alerta 1 en el artículo 25 del Decreto ley 11/2021, de 2 de septiembre, por el que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria y las medidas para el control y gestión de la pandemia de COVID-19 en Canarias.
Además de lo señalado en el párrafo anterior, las medidas limitativas previstas en el artículo 25 del citado Decreto ley 11/2021, de 2 de septiembre, que serán de aplicación a las islas que se encuentren en los niveles 1, 2 y 3 de alerta sanitaria, quedan fijadas en los siguientes términos:
TAXIS Y VTC
12.- “En el transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismos y de arrendamiento con conductor, de hasta nueve plazas incluido el conductor, se permite ocupar la totalidad de las plazas traseras del vehículo, así como las ofertadas en la fila de asientos del conductor, cuando se hayan agotado previamente las traseras, salvo cuando el conductor pueda ser considerado como persona de riesgo.”
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