Sáb. Dic 21st, 2024

Breña Baja. Convocatoria de subvención para la adquisición de vehículos nuevos adaptados PMR, eléctricos o híbridos enchufables.

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, Número 114, Viernes 20 de Septiembre de 2024.

BDNS (Identif.): 785574.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/ bdnstrans/GE/es/convocatoria/785574).

Extracto del Acuerdo de Resolución de Alcaldía nº 2024-1285 de fecha 30 de septiembre de 2024 por el que se convocan las SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEL TAXI ADAPTADO Y PARA LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS NUEVOS ELÉCTRICOS O HÍBRIDOS ENCHUFABLES PARA SU DESTINO AL SERVICIO DE TAXI. ANUALIDAD 2024.

PRIMERO.- OBJETO.

El objeto de las presente convocatoria es establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el fomento del vehículo eléctrico como medio de contribución a la transición verde mediante acciones de mitigación del cambio climático; fomento de la movilidad sostenible en los territorios, por sus beneficios en materia de eficiencia energética y la reducción de emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes y de efecto invernadero, ayudando por tanto a mejorar la calidad del aire de nuestras ciudades y a disminuir la contaminación acústica y favoreciendo además el consumo de energías limpias especialmente de fuentes renovables.

Por otra parte se pretende favorecer las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transportes públicos para personas con movilidad reducida.

En particular, serán objeto de subvención las siguientes líneas de actuación:

LÍNEA 1: Adquisición de vehículos eléctricos o híbridos enchufables.

LÍNEA 2: Adaptación de vehículos auto taxis para la prestación de servicios de personas con movilidad reducida.

SEGUNDA.- BENEFICIARIOS.

Podrán ser beneficiarios de la subvención quienes cumplan los siguientes requisitos:

PARA AMBAS LÍNEAS DE ACTUACIÓN:

Ser titular de licencia municipal de auto taxi del término municipal de Breña Baja en la fecha de aprobación de la convocatoria correspondiente.

En ningún caso se atenderá más de una solicitud por peticionario, siendo incompatibles la solicitud para la adquisición de vehículos eléctricos o híbridos enchufables con la solicitud para la adaptación de vehículos de auto taxis para la prestación de servicios de personas con movilidad reducida.

Los beneficiarios/as deberán mantener los requisitos que les permitieron acceder a tal consideración al menos hasta dos (2) años posteriores a la fecha de concesión.

TERCERA.- BASES REGULADORAS.

Las Bases Reguladoras del procedimiento de concesión de las Subvenciones para EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEL TAXI ADAPTADO Y PARA LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS NUEVOS ELÉCTRICOS O HÍBRIDOS ENCHUFABLES PARA SU DESTINO AL SERVICIO DE TAXI, han sido aprobadas en sesión extraordinaria por el Ayuntamiento Pleno celebrada el día 20 de abril de 2023 y publicadas en el B.O.P. de S/C de Tenerife núm. 56 de fecha 8 de mayo de 2023.

CUARTA.- CUANTÍA.

La cuantía de las subvenciones a conceder no excederá en ningún caso de cinco mil euros (5.000,00 euros) por solicitud en la modalidad de adquisición de vehículo eléctrico (Línea 1) y de siete mil euros (5.000,00 euros) para la adaptación del vehículo auto taxi para prestar servicio a las personas con movilidad reducida (Línea 2).

En caso de haber más solicitudes dichas cantidades se repartirán proporcionalmente entre los/as peticionarios/as hasta agotar el crédito.

En ningún caso el importe de la subvención podrá ser tal cuantía que aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o recursos de terceros, supere el coste del proyecto subvencionado.

Para la Línea 1, el precio del vehículo ha de estar acorde con el precio de mercado en el momento de su adquisición.

El crédito correspondiente a las presentes subvenciones es de diez mil euros (10.000,00 €) con cargo a la partida presupuestaria 241.479.00 del Presupuesto de Gastos Municipal para la anualidad 2024 con cargo a Fomento del Empleo. Adquisición de vehículos eléctricos y adaptados.

TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

El plazo para presentar las solicitudes será de 15 días hábiles contado a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

El modelo de solicitud y las Bases reguladoras se encuentran a disposición de los/as interesados/as en el Registro General del Ayuntamiento de Breña Baja sito en Plaza de Las Madres s/n San José 38712 Breña Baja, así como, en sede electrónica del Ayuntamiento de Breña Baja en la web municipal www.bbaja.es donde podrán recabar cualquier información relacionada con las Bases y la Convocatoria.

La solicitud debidamente cumplimentada deberá ser presentada por sede electrónica de esta Corporación https://bbaja.sedelectronica.es, así como a través de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

CUARTA.- RESOLUCIÓN.

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento será de SEIS MESES, que computarán a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes en cada convocatoria. El vencimiento del plazo máximo citado sin haberse notificado la resolución legitima a los/as interesados/as, se entenderá desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

Se procederá a la Notificación de la Resolución de Alcaldía a los interesados indicándole que contra esta, podrá interponer recuso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que lo hubiera dictado, en el plazo de un mes, contando a partir de del día siguiente al de la recepción de la notificación, o recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su notificación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos.

QUINTA.- PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA Y ENTRADA EN VIGOR.

La presente resolución de la convocatoria entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.). El texto íntegro de la convocatoria estará disponible a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BDNS):

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/785574

Breña Baja, a trece de septiembre de dos mil veinticuatro.

EL ALCALDE-PRESIDENTE, Borja Pérez Sicilia.