Sáb. Dic 21st, 2024

Arucas. Bases para la obtención del permiso municipal de conductor de auto-taxi.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARUCAS

Alcaldía Tráfico y Transportes

A medio del presente se hace de público conocimiento que por Decreto número 2023-3289 de 25 de mayo de 2023 se han aprobado las bases del examen para la obtención del permiso municipal de conductor de autotaxis de Arucas.

BASES DEL EXAMEN PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO MUNICIPAL DE CONDUCTOR DE AUTO-TAXIS DE ARUCAS.

PRIMERA. Objeto de la Convocatoria y Régimen Jurídico.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria el acceso a la prueba de aptitud para obtener permiso municipal para conducir auto-taxis en el municipio de Arucas.

1.2. El régimen jurídico aplicable será el previsto en:

– El Reglamento del Taxi del Municipio de Arucas publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 132, de 14 de octubre de 2013.

– La Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias.

– El Decreto 74/2012, de 2 de agosto de 2012, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio de Taxi.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en cualquier otra normativa que le sea de aplicación.

1.3. Las publicaciones relacionadas con el presente se realizarán en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Arucas, la propia Convocatoria será publicada a su vez en el Boletín Oficial de la Provincia.

SEGUNDA. Solicitudes, Plazos de Presentación y documentación.

2.1. Las instancias se presentarán a través de instancia general en el registro general del Ayuntamiento, calle Alcalde Suárez Franchy, número 11, o a través de la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://arucas.sedelectronica.es], sin perjuicio de que puedan ser presentadas por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2.2. El plazo de presentación de solicitudes se establece en VEINTE (20) DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provincia.

2.3. A la solicitud, debe acompañarse la siguiente documentación:

– D.N.I. o pasaporte para los que posean la nacionalidad española.

– El documento de identidad del país de origen o pasaporte para los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea.

– Permiso de conducción de la clase B en vigor.

– Abono de la tasa aplicable se fija en el artículo 7.

IV) Derechos de examen 30,05 euros, de la Ordenanza Fiscal número 612, Reguladora de la Tasa por Concesión de Licencias y Autorizaciones de Auto-Taxis y demás vehículos de alquiler, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 18, el 11 de febrero de 2002.

2.4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Ayuntamiento de Arucas aprobará las listas provisionales de admitidos y excluidos, con expresión de las causas de exclusión y plazo de subsanación, en su caso. Dicho acuerdo se publicará en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://arucas.sedelectronica.es].

2.5. Con el objeto de subsanar las causas que hayan motivado la exclusión u omisión de las citadas listas, los aspirantes dispondrán de un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente al de la publicación de las listas provisionales en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://arucas.sedelectronica.es]. Los aspirantes que dentro del plazo otorgado no subsanen las causas de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación del proceso.

Transcurrido el plazo establecido en el párrafo anterior, una vez resueltas las alegaciones y/o subsanados los errores, se publicará en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://arucas.sedelectronica.es] la lista definitiva de aspirantes admitidos y la fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas.

TERCERA. Tribunal Calificador.

La designación del Tribunal Calificador que presidirá la realización de la prueba se publicará en el Tablón de anuncios y estará compuesto por un Presidente, un Secretario y un mínimo de dos vocales, del personal del Excmo. Ayuntamiento de Arucas.

CUARTA. Desarrollo de la prueba.

4.1. La prueba de aptitud consistirá en contestar, en una hora de tiempo, un cuestionario tipo Test de veinte (20) preguntas con tres respuestas alternativas, de las cuales, solo una de ellas es correcta. Las preguntas versarán sobre las siguientes materias:

– El Reglamento del Taxi del Municipio de Arucas publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 132, de 14 de octubre de 2013.

– Capítulos II y III del Título V de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, conocimientos en relación a los artículos 80 a 87 ambos inclusive y régimen sancionador.

– Decreto 74/2012, de 2 de agosto por el que se aprueba el Reglamento del Servicio de Taxi (B.O.C. número 157, de 10 de agosto de 2012).

– Historia, cultura, costumbres y callejero del municipio de Arucas. El conocimiento, dentro del término municipal de las vías públicas, lugares de interés turístico, situación de locales de esparcimiento, oficinas públicas, centros oficiales, principales hoteles, centros culturales, centros médicos públicos y hospitalarios, protección civil, bomberos e itinerarios más directos para llegar al punto de destino.

– Conocimiento de la legislación sobre tráfico, circulación y seguridad vial, Reglamento autonómico y demás normas relativas al Servicio, tarifas aplicables.

– Manual de Buenas Prácticas para la atención al cliente (Taxis), publicado por “Anfitriones Turismo” en colaboración con el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

– Inglés básico: Saludar, despedirse, preguntar direcciones y vocabulario relacionado con edificios públicos (Ayuntamiento, sede Gobierno, hospital).

4.2. A cada respuesta correcta se le atribuirá el valor de un (1) punto, pudiendo obtener un máximo de 20 puntos. Por cada pregunta incorrecta, se descontarán 0,50 puntos, siendo necesario para superar la prueba alcanzar un mínimo de 11 puntos. Las preguntas no respondidas no se computarán a ningún efecto.

4.3. El día de la prueba se procederá a nombrar a los aspirantes admitidos en un llamamiento único al que deberán ir provistos del D.N.I. original o cualquier otro documento que acredite, fehacientemente su identidad. La no presentación de un aspirante a dicha prueba en el momento de ser llamado o la deficiente acreditación de su identidad determinarán su exclusión automática de la misma.

QUINTA. Relación de Aprobados y Presentación de Documentación.

5.1. El listado de aspirantes (aptos y no aptos) se publicará en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://arucas.sedelectronica.es]. Se dará un plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES para presentar alegaciones.

Transcurrido dicho plazo procederá a la publicación de las listas definitivas.

5.2. Los aspirantes aprobados presentarán en los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes la documentación que se relaciona a continuación:

a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni impedimento físico o psíquico que imposibilite para el normal ejercicio de la profesión de conductor de vehículos Taxi, debidamente sellado por el Colegio Oficial de Médicos de la Provincia.

b) Certificado de antecedentes penales expedido por el Ministerio de Justicia.

c) Fotografía tamaño carné actualizada.

5.3.Si dentro del plazo indicado, la persona que hubiera superado las pruebas no presentase dicha documentación y de su presentación se dedujera que no cumple con los requisitos para el ejercicio de la actividad, no le  será otorgado el permiso, quedando anuladas todas las actuaciones.

SEXTA. Recursos.

La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se derivan de esta, y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas previstas en la ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública.

En todo lo no previsto en estas bases o en aquello que las contradiga, será de aplicación la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias.

En Arucas, a treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés.

EL ALCALDE-PRESIDENTE, Juan Jesús Facundo Suárez.