Jue. Abr 3rd, 2025

Santa Cruz de Tenerife. Apertura de plazos para la presentación de candidaturas a la Mesa del Taxi.

El Área de Movilidad y Accesibilidad del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife publica la apertura de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOP, ( Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 35, Viernes 21 de marzo de 2025) para que las asociaciones y organizaciones del sector del Taxi comuniquen, a la secretaría de la Mesa del Taxi, su interés en ser miembro de la mesa del taxi y concurrir a las ELECCIONES a la MESA DEL TAXI.

DECRETO DE LA CONCEJALÍA DELEGADA EN MATERIA DE MOVILIDAD Y ACCESIBILIDAD DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.

ASUNTO: EXPEDIENTE 1/2025/TAXIELE RELATIVO A ELECCIONES A LA MESA DEL TAXI 2025.

Visto el informe-propuesta elevado por el servicio gestor sobre el expediente de referencia, en la que se tienen en consideración los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. – El pasado 14 de julio de 2021 se celebraron las votaciones para la elección de las entidades representativas del sector del taxi en la Mesa del Taxi del municipio de Santa Cruz de Tenerife, culminando dicho proceso con la publicación de Decreto de fecha 22 de julio de 2021 por el que se designaron a los miembros de la Mesa del taxi (BOP núm. 91, de 30 de julio de 2021).

Segundo.- Con fecha de 7 de febrero de 2025, la Concejala delegada en materia de Movilidad y Accesibilidad Universal, dicta la siguiente Providencia de inicio: “De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ordenanza Municipal Reguladora del servicio de alquiler de vehículos con aparato taxímetro, así como en el artículo 4 del Reglamento por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Mesa del Taxi y, a la vista de que las anteriores elecciones se celebraron el día 14 de julio de 2021, teniendo por tanto que celebrarse nuevas votaciones para que los titulares de licencias municipales puedan elegir a las asociaciones y organizaciones representativas del sector en este término municipal, es por lo que se propone:

UNICO. – Iniciar el procedimiento de celebración de elecciones y posterior constitución de la nueva Mesa del Taxi.”

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- Mediante Decreto 74/2012, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio de Taxi (BOC núm. 157, de 10 de agosto de 2012), se creó la Mesa del taxi como “(…) órgano especializado en el que participarán los responsables de la política de transportes y los sectores empresariales, sindicales y sociales más representativos del ámbito del taxi (…)”. La Disposición Adicional única del citado Decreto determinaba que, “(…) 2. Mediante reglamento se establecerán las funciones, la composición y el régimen de funcionamiento de la Mesa del Taxi.”.

II.- La vigente Ordenanza municipal reguladora del servicio de vehículos de alquiler con aparato taxímetro, aprobada definitivamente por Acuerdo plenario, adoptado en sesión ordinaria el 22 de diciembre de 2023 (BOP núm. 5, de 10 de enero de 2024),  dispuso en su artículo 38, bajo la rúbrica “LA MESA DEL TAXI”, lo siguiente: “(…) Se crea la Mesa del Taxi como órgano consultivo en el que participarán los responsables de la política de transportes del Ayuntamiento y un representante de las Asociaciones y Organizaciones más representativas del municipio. La composición, organización y funcionamiento de la Mesa del Taxi se regula por el reglamento correspondiente en vigor.”

III.- Mediante Acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de Santa Cruz de Tenerife adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 27 de enero de 2017 se aprobó definitivamente el Reglamento por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Mesa del Taxi de Santa Cruz de Tenerife (BOP núm. 25, de 27 de febrero de 2017). De acuerdo con lo previsto en el artículo 4 del citado Reglamento, apartados 1 y 2, “(…) 1. La Mesa del Taxi del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife estará compuesta por los responsables municipales en la materia y por los representantes de las asociaciones y organizaciones representativas del sector en el municipio. 2. A los efectos de este Reglamento, se consideran asociaciones y organizaciones representativas del sector en el municipio, aquellas que sean elegidas por los titulares de licencia de auto-taxis en el municipio de Santa Cruz de Tenerife mediante votaciones que se realizarán con carácter periódico cada cuatro años. Estas votaciones se convocarán por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, fijándose en dicha convocatoria las normas por las que habrán de regirse de acuerdo con las determinaciones del presente Reglamento. Conforme a lo señalado en el párrafo anterior, formarán parte de la Mesa, como miembros legítimos de esta, las asociaciones y otras organizaciones del sector que obtengan al menos un 5% de los votos válidamente emitidos por los titulares de licencias municipales. En consecuencia, el número de miembros de la Mesa será variable en función de los resultados obtenidos. La entidad o entidades así elegidas deberán nombrar a su representante en la Mesa, así como al menos un suplente, que serán las personas legitimadas para emitir voz y, en su caso voto, en nombre de la entidad representada. Dicha representación deberá acreditarse ante la Secretaría de la Mesa. Asimismo, el representante designado en la Mesa podrá acudir a sus sesiones acompañado de un asesor, que en ningún caso tendrá voz ni voto. (…)

De conformidad con lo previsto en el artículo 4 del citado Reglamento, apartado 3, “(…) Para poder concurrir a las votaciones mencionadas en el apartado anterior, las asociaciones y organizaciones del sector deberán acreditar los siguientes requisitos:

a) Habrán de estar constituidas conforme a la normativa de aplicación en cada caso, contemplando en su objeto social como uno de sus fines la defensa, mejora y protección del colectivo y su intermediación en las relaciones con las distintas Administraciones Públicas.

b) Su ámbito de actuación deberá ser municipal, referido al municipio de Santa Cruz de Tenerife, insular o autonómico.

La letra c) del mismo artículo 4 indica que “(…) en el plazo de 15 días hábiles deberán comunicar por escrito a la Secretaría de la Mesa su interés en ser miembro de la Mesa del Taxi y concurrir a las votaciones establecidas en el presente artículo. (…)”

IV.- De conformidad con lo previsto en el artículo 8.2 del Reglamento por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Mesa del Taxi de Santa Cruz de Tenerife, “1.

La Secretaría de la Mesa es el órgano de soporte jurídico-administrativo que coordina la actividad administrativa de la Mesa y proporciona asistencia jurídico-técnica a los órganos de la misma.

2. La Secretaría de la Mesa será desempeñada por quien ostente la Jefatura del Servicio jurídico en el área municipal que tenga atribuida la competencia en la gestión del sector del taxi, o en caso de vacante, ausencia o enfermedad, quien lo sustituya; y, en su defecto, será designado para tal fin por la Presidencia de la Mesa. (…)”

V.- De conformidad con el artículo 2 de la Ordenanza Municipal Ordenanza municipal reguladora del servicio de vehículos de alquiler con aparato taxímetro “(…) Salvo determinación específica en contrario, todas las previsiones contenidas en la presente Ordenanza relativas al ejercicio de facultades por el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, se entiende referidas a la persona que ostente la concejalía con delegación específica en materia de transporte. (…)”.

VI.- En virtud del Decreto de la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, de fecha 19 de junio de 2023, relativo a Delegaciones Sectoriales conferidas a las concejalías durante el mandato 2023-2027, corresponde la resolución del presente expediente a la concejalía delegada en materia de Movilidad y accesibilidad.

A la vista de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho expuestos y de conformidad con la propuesta elevada por el servicio gestor, en el ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas,

DISPONGO:

PRIMERO. – Acordar la apertura de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOP, para que las asociaciones y organizaciones del sector del Taxi comuniquen, a la secretaría de la Mesa del Taxi, su interés en ser miembro de la mesa del taxi y concurrir a las ELECCIONES a la MESA DEL TAXI, según modelo normalizado de “MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN SER MIEMBRO DE LA MESA DEL TAXI Y CONCURRIR A LAS ELECCIONES” que se adjunta como ANEXO, adjuntando la documentación preceptiva que en el mismo se indica y disponible en la sede electrónica: https://sede.santacruzdetenerife.es/sede/procedimientos-y-servicios/t679

SEGUNDO. – Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia para su público Conocimiento

Santa Cruz de Tenerife, a dieciocho de marzo de dos mil veinticinco.

LA CONCEJALA DELEGADA EN MATERIA DE MOVILIDAD Y ACCESIBILIDAD (Decreto Delegación de 19 de junio de 2023), Evelyn Alonso Hernández.

ANEXO I