Sáb. Nov 23rd, 2024

Cabildo de Fuerteventura. Convocatoria de Subvenciones para el Sector del Taxi adaptado a PMR.

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL SECTOR DEL TAXI ADAPTADO A PMR, ANUALIDAD 2024.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 120, miércoles 2 de octubre de 2024

BDNS (Identif.): 787717.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/787717).

Extracto del acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Fuerteventura adoptado con fecha 5 de septiembre de 2024, por lo que se convoca las subvenciones para el sector del taxi adaptado a personas con movilidad reducida, anualidad 2024

Beneficiarios de las subvenciones.

Podrán ser beneficiarios/as de las subvenciones, en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y conforme al Decreto 74/2012, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio del Taxi, las personas físicas que tengan en titularidad una licencia de auto-taxi en la Isla de Fuerteventura.

Objeto, condiciones y finalidad.

a. Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de subvenciones ofrecidas por esta Corporación Insular para promover y llevar a cabo proyectos de mejoras, adaptaciones y adquisiciones de vehículos de autotaxi, compensando de esta manera el esfuerzo económico que deben soportar los titulares de los mismos, en el marco del desarrollo anual del Plan Estratégico de Subvenciones propuesto por este Cabildo Insular de Fuerteventura.

b. En particular, la concesión de subvenciones a proyectos dirigidos a los siguientes fines y actuaciones, en la isla de Fuerteventura, bajo el régimen de concurrencia competitiva:

– Adquisición, adaptación o mejora de vehículos de auto-taxi adaptados para el transporte de personas con discapacidad o movilidad reducida (PMR).

c. En ningún caso, será objeto de subvención, y por tanto quedarán excluidos de la subvención:

1) La adquisición de vehículos de auto-taxi, que no se pretendan adaptar para personas con discapacitado movilidad reducida, o vehículos que no estén recogidos en la categoría de vehículos eficientes.

2) Vehículos no adaptados según Norma UNE 26494. Vehículos de carretera. Vehículos para el transporte de personas con movilidad reducida.

3) La compra e instalación de maquinaria o equipamiento de segunda mano.

4) La instalación de equipamiento y equipos no necesarios para la realización del servicio de auto-taxi.

5) Mano de obra propia y los materiales de igual procedencia.

d. Se considerarán gastos subvencionables aquellos que, siendo correctamente justificables, respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido en la convocatoria, es decir, aquellos gastos que tengan una vinculación directa y exclusiva con el proyecto presentado.

e. La finalidad de las presentes Bases será la de apoyar una parte de las acciones que deben realizar los propietarios de licencias de auto-taxi en la isla de Fuerteventura, nunca la de financiar en su totalidad los gastos derivados de la ejecución de dichas actuaciones.

Disposición que establece las bases reguladoras y su publicación. Acuerdo del Pleno del Cabildo Insular de Fuerteventura celebrado con fecha 19 de marzo de 2018, publicada la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 62, de 23 de mayo de 2018.

Modificado mediante Acuerdo del Pleno del Cabildo de Fuerteventura celebrado con fecha 30 de junio de 2021, publicada la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 33, de 18 de marzo de 2022.

Crédito Presupuestario y cuantía total máxima. Estas subvenciones se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 11140 4400A 7700224, denominada “Apoyo al Taxi Adaptado” por un importe de 30.000,00 euros.

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, y finalizará una vez transcurridos un periodo de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES.

Puerto del Rosario, cinco de septiembre de dos mil veinticuatro.

EL CONSEJERO DELEGADO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, DEPORTES, TRANSPORTES, MOVILIDAD Y COMUNICACIONES, Luis González Cabrera.