Sáb. Dic 21st, 2024

Los Realejos. Bases para la obtención del Permiso Municipal de Conductor de Auto-Taxi.

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 5, Miércoles 10 de enero de 2024

Por el presente se hace público que por Decreto de la Alcaldía Presidencia Nº 202/36, de fecha 4 de enero de 2024, se aprobaron las bases que han de regir el procedimiento selectivo para la obtención del Permiso Municipal de Conducir Vehículos Auto-taxi en el Municipio de Los Realejos, y cuya parte resolutiva a continuación se transcribe:

 “PRIMERO.- Aprobar las bases que han de regir el procedimiento selectivo para la obtención del Permiso Municipal de Conducir Vehículos Auto-taxi en el Municipio de Los Realejos, cuyo tenor es el que sigue:

BASES QUE HAN DE REGIR EN LAS PRUEBAS DE APTITUD PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO MUNICIPAL PARA CONDUCIR VEHÍCULOS AUTO-TAXI EN EL MUNICIPIO.

Primera.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria el acceso a la prueba de aptitud para obtener el permiso municipal para conducir vehículos de servicios públicos autotaxis en el término municipal de Los Realejos de conformidad con la legislación vigente.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la prueba, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o bien la de un Estado de la Unión Europea o de otro país extranjero con el que, en virtud de los dispuesto en: acuerdos, tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el citado requisito o, en otro caso, contar con las autorizaciones o permisos de trabajo que, con arreglo a lo dispuesto en la Legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, resulten suficientes para amparar la realización de actividad de transporte en nombre propio o ajeno.

b) Poseer el Permiso de Conducir de la clase y con las condiciones exigidas por la legislación vigente para conducir turismos destinados al transporte de viajeros, expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico.

c) Carecer de antecedentes penales.

d) No padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni impedimento físico o psíquico que imposibilite para el normal ejercicio de la profesión de conductor de vehículos Auto-Taxi.

Tercera.- Plazo y lugar para la presentación de solicitudes y documentación.

1.- Las instancias solicitando tomar parte en la prueba de aptitud deberán extenderse en el impreso normalizado establecido por el Ayuntamiento, dirigido al Acalde Presidente y que se adjunta como ANEXO I, y será facilitado en el Registro General del Ayuntamiento, además de encontrarse en la web municipal y en ellas se hará constar que el aspirante reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en el punto segundo de las presentes bases.

Las instancias deberán presentarse en el Punto de Información y Atención Ciudadana (PIAC) del Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos, situado en la Avenida de Canarias nº 6 de Los Realejos, o en sus oficinas descentralizadas.

Igualmente se podrán presentar a través de cualesquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015 en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria y las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.

Asimismo se publicarán las presentes bases en el Tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos y en la página web municipal www.losrealejos.es.

Los restantes anuncios dimanantes de dicha convocatoria se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la página web municipal.

2.- Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

  • Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad (o documentos oficiales que acrediten el cumplimiento del requisito establecido en el punto a) de la base segunda).
  • Fotocopia cotejada del Permiso de Conducir de la clase y con las condiciones exigidas por la legislación vigente para conducir turismos destinados al transporte de viajeros, expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico.
  • Justificante de haber abonado al Ayuntamiento de los Realejos la tasa en concepto de participación en la prueba para la obtención del Permiso Municipal.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por el Ministerio de Justicia.
  • Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni impedimento físico o psíquico que imposibilite para el normal ejercicio de la profesión de conductor de vehículos Auto-Taxi, debidamente sellado por el Colegio Oficial de Médicos de la Provincia.

Cuarta.- Derechos de examen.-

Los derechos de examen que se fijan en 12 euros, se harán efectivos por los aspirantes ingresando la mencionada cantidad, en la cuenta de este Ayuntamiento posee con número ES12 2100 9169 0122 0011 7618, haciendo constar en el concepto el DNI del aspirante, así como la indicación “Permiso Taxi” o en la Oficina de Atención al Ciudadano (PIAC) de este ayuntamiento.

No procederá la devolución de tasa alguna una vez abonada junto con la solicitud, de conformidad con la ordenanza reguladora.

Quinta.- Lista provisional y definitiva de admitidos y excluidos.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente, dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación (Avenida de Canarias nº6, Los Realejos), así como en la página web municipal.

Los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido dentro de los DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de la publicación.

Transcurrido el plazo antes mencionado y, en su caso, resueltas las reclamaciones, se dictará y publicará, en el Tablón de Anuncios de la Corporación, la resolución de la Alcaldía por la que se apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, y se acepten o rechacen las reclamaciones presentadas.

Igualmente se fijará los nombres de los miembros del Tribunal calificador y sus suplentes, así como el lugar y hora del primer ejercicio.

En el caso de no haber excluidos, la lista provisional pasará a definitiva, y así se indicará en la lista.

Los errores de hecho que pudiera advertirse, siempre que ello no perjudique el normal desarrollo del proceso de la prueba, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Sexta.- Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador que presidirá la realización de la prueba selectiva estará constituido por los siguientes miembros:

• Presidente: Un técnico de Administración General.

• Dos funcionarios de la Corporación.

• Secretario: El Secretario de la Corporación o su sustituto.

Suplentes: El Tribunal quedará integrado además por los suplentes respectivos, que serán designados simultáneamente con los titulares.

Asesor: Además el Tribunal podrá contar con la asistencia de algún empleado público de la concejalía de Turismo.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus integrantes, titulares o suplentes, y está facultado para resolver las cuestiones que pudieran sustanciarse en el curso del proceso de la prueba y para adoptar los acuerdos necesarios para el debido orden del mismo en todo lo no previstos en estas bases.

El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

Séptima.- El sistema de la prueba; Comienzo y desarrollo de la misma.

Será una única prueba con carácter obligatorio y eliminatorio.

Los aspirantes serán convocados en el día fijado, en llamamiento único, al que deberá acudir provistos del original del Documento Nacional de Identidad. Salvo causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada con absoluta libertad por el Tribunal, la no presentación de un aspirante a dicha prueba en el momento de ser llamado o la deficiente acreditación de su identidad determinará su exclusión automática de la misma.

Octava.- Contenido de la prueba.

La prueba para la obtención del permiso municipal para conducir vehículos de servicios públicos auto-taxis en este municipio, consistirá en un examen tipo test que versará sobre:

  1. Historia, cultura, costumbres y callejero de la ciudad: En este sentido se acreditará el conocimiento, dentro del término municipal de las vías públicas, lugares de interés turístico, situación de locales de esparcimiento, oficinas públicas, centros oficiales, principales hoteles, centros culturales, centros hospitalarios, protección civil, bomberos e itinerarios más directos para llegar al punto de destino.
  2. Conocimiento de la legislación sobre tráfico, circulación y seguridad vial, Reglamento y demás normas relativas al Servicio, así como las tarifas aplicables; y el Reglamento del Servicio de Auto-taxi de Los Realejos publicado en el BOP nº 82, de viernes 9 de julio de 2021.

La prueba en sí consistirá en contestar por escrito a 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas – de las cuales sólo una de ellas es la correcta, que versarán sobre las materias antes mencionadas. Para la realización de esta prueba no se permitirá la consulta de ningún texto. Se realizarán 3 preguntas más, en el caso de que alguna de las 50 preguntas iniciales quedara invalidada.

El tiempo de realización de la prueba es de 45 minutos.

Novena.- Calificación del ejercicio.

La prueba valdrá 10 puntos.

Cada respuesta acertada valdrá 0,20 puntos. Las respuestas erróneas o en blanco no puntúan.

Es necesario tener 5 puntos, es decir, 25 respuestas acertadas para superar la prueba.

Décima.- Orden de colocación y empates de puntuación.

El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación, y en caso de empate, por orden alfabético del primer apellido.

Undécima.- Relación de aprobados.

Terminada la calificación del ejercicio, la lista de aspirantes será elevada, por el Tribunal calificador, a la Presidencia de la Corporación junto al Acta de la sesión del Tribunal en la que habrá de figurar, todos los aspirantes que hayan superado la prueba.

Por Resolución del Alcalde Presiente, se hará pública, en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la página web municipal la relación de aprobados con los DNI de los mismos.

Duodécima.- Recursos.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Decimotercera.- Normas de aplicación.

En todo lo no previsto en estas bases o en aquello que las contradiga, será de aplicación Reglamento del Servicio de Auto-taxi de Los Realejos publicado en el BOP nº 82, de viernes 9 de julio de 2021, y demás normativa de aplicación.

ANEXO I.

MODELO DE INSTANCIA PARA LA PRUEBA DE APTITUD PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO MUNICIPAL PARA CONDUCIR VEHÍCULOS DE SERVICIOS PÚBLICOS DE AUTOTAXIS EN EL MUNICIPIO DE LOS REALEJOS.

SEGUNDO.- Publicar el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, estableciéndose un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación, para la presentación de las solicitudes de quienes deseen participar en el procedimiento. Asimismo, publicar dicho anuncio en el Tablón de Edictos de la Corporación y en la página web (www.losrealejos.es).

TERCERO.- Notificar la presente resolución a las Asociaciones de Taxis existentes en el municipio.”

Lo que se hace público para general conocimiento.

EL ALCALDE, Adolfo González Pérez-Siverio.-

LA SECRETARIA, María José González Hernández, documento firmado electrónicamente.