Puerto del Rosario. Subvención Bono-taxi. “Diversidad funcional y personas mayores”.
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO
ANUNCIO
SUBVENCIÓN BONO-TAXI, DIVERSIDAD FUNCIONAL Y PERSONAS MAYORES PARA EL EJERCICIO 2022
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/628627)
A medio del presente se hace de público conocimiento que, por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de mayo de 2022, se han aprobado las BASES PARA LA CONVOCATORIA A SUBVENCIÓN BONO-TAXI, DIVERSIDAD FUNCIONAL Y PERSONAS MAYORES PARA EL EJERCICIO 2022, en los términos que a continuación se relacionan:
“BASES DE CONVOCATORIA A SUBVENCIÓN BONO-TAXI, DIVERSIDAD FUNCIONAL Y PERSONAS MAYORES 2022.
- FUNDAMENTACIÓN.
La existencia de medios de transportes resulta esencial para que las personas afectadas por diversos tipos de diversidad funcional y personas mayores puedan desarrollar una vida independiente, y en consecuencia, disfrutar de los mismos derechos que los demás ciudadanos.
A tal fin, se deben utilizar medidas específicas para garantizar la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal a todas las personas.
Para ello, los poderes públicos deberán llevar a cabo las acciones necesarias, tales como las medidas compensatorias intentado corregir dichas desigualdades, siendo el Ayuntamiento el organismo encargado de adoptar las mismas.
El Excmo. Ayuntamiento de Puerto del Rosario, a través de la Concejalía de Transportes, con el fin de lograr una mayor integración de las personas con dificultades de movilidad, quiere establecer un sistema de ayudas que facilite el uso por parte de estos colectivos el acceso al transporte público, y así apoyar el derecho a vivir de forma independiente y a participar plenamente en todos los aspectos de la vida.
Para la plena efectividad de este proyecto se elaboran las presentes bases que regulan el sistema de adjudicación de bono-taxi, así como la cuantía de los mismos
- OBJETO, DEFINICIÓN Y DOTACIÓN PRESUPUESTARIA. Objeto y definición.
El objeto de las bases de la presente convocatoria es la regulación de ayudas individuales destinadas a aquellas personas afectadas en su movilidad, y que no pueden hacer uso, con carácter general, de los transportes públicos de la ciudad.
La finalidad de estas ayudas es facilitar el desplazamiento en el entorno urbano a las personas afectadas de dificultades de movilidad, para que puedan desarrollar una vida independiente.
Se concreta en la concesión de una ayuda económica que en forma bonos, que permita a los beneficiarios la utilización del servicio de taxis (adaptados o no) del municipio de Puerto del Rosario para sus desplazamientos personales.
Dotación presupuestaria.
La presente convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria de 6.000 euros para el año 2022, partida 37/44000/48001.
- REQUISITOS PARA ADQUIRIR LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO.
Podrán solicitar las prestaciones de este programa las personas con diversidad funcional y personas mayores de 60 años que reúnan los siguientes requisitos:
1. Estar empadronadas en el municipio de Puerto del Rosario con antigüedad de al menos UN año al formalizar la solicitud y permanecer de alta y con residencia efectiva en el municipio mientras se perciba la ayuda. (El Ayuntamiento consultará automáticamente el cumplimiento de este requisito).
2. Estar afectado por una discapacidad que en grado igual o superior 33% que le dificulte gravemente el acceso al transporte colectivo, y así se acredite debidamente mediante el certificado oficial de minusvalía (Baremo del R.D. 1971/1999: apartados A, B, C o un mínimo de 7 puntos por los apartados D, E, F, G, H). Quedan excluidas de este requisito las personas mayores de 60 años.
3. No encontrarse, por razón de su estado de salud u otras causas, con imposibilidad de realizar desplazamientos fuera de su domicilio habitual.
4. Carecer de Vehículo. No obstante, podrán solicitar estas ayudas quienes siendo titulares de un vehículo (personas interesadas o sus representantes), siempre y cuando puedan acreditar que no pueden hacer uso del mismo por causas sobrevenidas, debiendo, asimismo, cumplir necesariamente con los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
5. Reunir los requisitos económicos establecidos en el punto 9 de la presente.
6. Haber justificado debidamente las subvenciones municipales que puedan haber obtenido con anterioridad, salvo que no haya vencido su plazo de justificación.
7. No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. SOLICITUDES, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Las solicitudes se presentarán en la Oficina de Atención al Ciudadano (Registro General) del Excmo. Ayuntamiento de Puerto del Rosario, conforme al modelo que figura como Anexo I de esta convocatoria, debidamente cumplimentado y firmado por la persona interesada o por la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.
Asimismo, podrá presentarse en el Registro General Electrónico del Ayuntamiento u otro de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro de los plazos establecidos.
El plazo de presentación de las solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Se requerirá a los interesados para que en un plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES se entregue la documentación que falte o subsanar los defectos que se aprecien en las solicitudes. Si no se atendiera el requerimiento en el período indicado, se le tendrá por desistido de su petición conforme a lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El Excmo. Ayuntamiento de Puerto del Rosario podrá requerir la presentación de otros documentos que garanticen el cumplimiento de los requisitos exigidos en estas bases.
- DOCUMENTACIÓN.
A las solicitudes debidamente cumplimentadas se acompañarán los documentos que se detallan a continuación:
1. Fotocopia del D.N.I./N.I.E. del solicitante y, en su caso, de su representante.
2. En el caso de menores de edad, deberán aportarse además fotocopias de D.N.I. de la persona que ejerce su tutela y libro de familia.
3. En el caso de representación, documentación que acredite tal representación.
4. Fotocopia del certificado de discapacidad donde conste el grado y se acredite la movilidad reducida.
5. Declaración responsable (según modelo Anexo II) del solicitante o de la persona que ejerce su tutela, representación legal o representación voluntaria, donde se hará constar:
– Que no incurre en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, en los términos señalados por el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (en adelante, LGS).
– Que ha procedido a la justificación de las ayudas que se le hubieran concedido con anterioridad por el Ayuntamiento o en otro caso; indicación de las ayudas pendientes de justificar y causa que lo motiva.
– No disponer de vehículo, ya sea de su propiedad o de las personas que ejercen su tutela o representación judicial o voluntaria; o que, a pesar de disponer de vehículo, por causas sobrevenidas no pueda usarse, exponiendo justificadamente los motivos.
– Que autoriza expresamente a la administración municipal para recabar cualquier tipo de información que pueda obrar en su poder o solicitar a otras administraciones.
6. Justificante de ingresos económicos de los beneficiarios:
– En caso de Pensionista: documento acreditativo de la cuantía de la pensión.
– En caso de personas trabajadoras por cuenta ajena: tres últimas nóminas o Certificado de Empresa.
– En caso de personas trabajadoras por cuenta propia: Liquidación trimestral IRPF y/o boletín de cotización de la Seguridad Social y en todos los casos declaración de responsabilidad de los ingresos mensuales que percibe.
– En el caso de personas desempleadas: Certificado del Servicio Público de Empleo, en el que se recoja si cobra o no prestación y en caso afirmativo la cuantía de la misma y el periodo reconocido.
– En el caso de personas que reciben rentas exentas de tributo o pensiones devengadas en el extranjero, deberán aportar certificado de las mismas emitido por la entidad pagadora.
– Última declaración de la renta o certificado negativo de hacienda (para aquellos/as que no declaran) de los beneficiarios.
6. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN-
El procedimiento para la concesión de la presente subvención es el de concurrencia competitiva mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, en atención a los criterios de valoración fijados en la presente convocatoria. Dicho procedimiento se encuentra regulado en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones del municipio de Puerto del Rosario que establece las bases reguladoras de la presente convocatoria.
7. ÓRGANO COMPETENTE PARA LA VALORACIÓN, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN.
Valoración.
A los efectos previstos en el artículo 22.1 de la Ley General de Subvenciones en relación el artículo 13 de la Ordenanza General de Subvenciones de este Ayuntamiento, el órgano colegiado competente para la valoración de las solicitudes y propuestas de concesión estará formado por Alcalde o Concejal Delegado del área correspondiente, el Jefe de Servicio, coordinador o responsable del mismo y otro técnico municipal competente por razón de la materia.
Dicha comisión emitirá informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada de las solicitudes.
Instrucción.
El órgano instructor, de conformidad a lo recogido en el artículo 12 de la Ordenanza General de este municipio, corresponderá a un técnico municipal quien realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
A la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, se formulará la propuesta de resolución, tal y como dispone el artículo 14 de la Ordenanza General de Subvenciones.
Resolución.
El órgano competente para resolver la concesión de subvenciones será la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Puerto del Rosario, siendo el plazo máximo de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 15 de la meritada Ordenanza Municipal, de SEIS MESES, computándose el plazo a partir de la publicación de la presente convocatoria.
La publicación se realizará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, de conformidad a lo establecido en los artículos 40 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la resolución que agota la vía administrativa podrá interponerse potestativamente Recurso de Reposición ante el mismo órgano que la hubiere dictado o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional Contencioso- Administrativo.
No se podrá interponer Recurso ContenciosoAdministrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del Recurso de Reposición interpuesto.
8. REGULACIÓN EN EL USO DE BONO-TAXI.
Los Bono-taxis son de uso personal e intransferible, teniendo un valor unitario de 2,50 euros. Su expedición se realizará en las oficinas de Tráfico y Transporte, con vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2022 en la cuantía que sea concedida por el Ayuntamiento.
Las personas beneficiarias están obligadas a cumplir las normas establecidas para dicho servicio público.
Los beneficiarios entregarán los Bonos a los/as taxistas como contraprestación del transporte. Podrán utilizar todos los Bonos que se precisen por servicio, y cuando el importe del viaje efectuado lo requiera, deberán abonar en efectivo la diferencia que resulte entre el precio del trayecto y el valor de los bonos aportados.
Los Bono-taxis deberán contener:
1. Valor del bono.
2. Número de bono.
3. Periodo de validez del bono.
4. D.N.I. y nombre de la persona beneficiaria.
5. Firma de la persona beneficiaria.
6. Fecha en la que se utiliza. En ningún caso el/la taxista devolverá en metálico el resto entre el coste del viaje, ni los bonos aportados, ni recogerá bonos por valor superior al mismo. La validez de los Bonos será hasta el día 31 de diciembre de 2022.
Las personas beneficiarias que por cualquier circunstancia no puedan hacer uso del bono-taxi una vez finalizado el año procederán a su devolución.
Las personas beneficiarias del programa deberán poner en conocimiento del Ayuntamiento cualquier anomalía que observen en la prestación del servicio y, a su vez, están obligados a hacer uso de este servicio conforme a las normas que regulan su funcionamiento descritas en este apartado.
9. CUANTÍA DE LA PRESTACIÓN Y COMPATIBILIDAD.
En relación al número de solicitudes que se presente y que cumpla con los requisitos, se entregarán hasta:
1. 150 bonos, (375 euros) anuales, a los beneficiarios cuyos ingresos per cápita no superen el IPREM.
2. 100 bonos, (200 euros) a los beneficiarios cuya renta per cápita se encuentre entre 1 y 1,5 veces el IPREM.
A aquellas personas que residan fuera de la localidad de Puerto del Rosario, se les aplicará un suplemento del 10% sobre los bonos de los que la persona sea beneficiaria.
Esta subvención es compatible, en su caso, con otras aportaciones, ayudas o subvenciones para la misma finalidad puedan obtener los beneficiarios.
10. JUSTIFICACIÓN Y PAGO.
La justificación de los gastos conforme al fin para el que la subvención fue concedida se deberá realizar por el importe total subvencionado, aportando la documentación correspondiente para su justificación.
Se abonará la cuantía una vez acreditada la misma, mediante factura y los bonos correspondientes.
Únicamente se abonarán por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario los Bonos utilizados dentro del ejercicio del año 2022.
A fin de garantizar el cobro de forma más rápida y facilitar la presentación de la documentación justificativa, la Cooperativa de Taxistas de Puerto del Rosario adelantará el cobro del importe de los bonos debidamente utilizados a los/as titulares de las licencias de Auto-Taxi.
Posteriormente, dicha Cooperativa, presentará mensualmente los documentos justificativos de los bonos que hubieran sido utilizados por las personas subvencionadas durante el mes precedente al Ayuntamiento en la oficina de Atención al Ciudadano (Registro General), para su conformidad y tramitación por el Departamento de Intervención Municipal.
El plazo máximo para la presentación de los justificantes de pago del mes en el que se hubieran utilizado los bonos por los beneficiarios es el último día hábil del mes posterior.
De esta forma, mensualmente se justificarán los bonos que hubieran sido utilizados por los beneficiarios en el mes precedente y las facturas acreditativas del pago a los titulares de licencias de auto-taxi, procediéndose entonces al pago del valor de los bonos justificados a la Cooperativa de Taxistas de Puerto del Rosario, previa comprobación por parte de la Intervención Municipal.
11. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.
La Concejalía de Transporte realizará el seguimiento del Programa, evaluarán el cumplimiento de sus objetivos y propondrá la actualización en una nueva convocatoria.
Son causas de denegación o extinción:
– No cumplir con Los requisitos establecidos en las presentes bases.
– Que no exista crédito.
– Pérdida de alguna de las condiciones que dieron lugar a su concesión.
– Modificación de las condiciones de acceso al programa.
– Fallecimiento.
– Cualquier otra causa que se considere motivo justificado para la perdida de la condición de persona usuaria.
12. INCUMPLIMIENTO.
Cuando la utilización de esta prestación no se ajuste a la normativa establecida, incumpliendo las obligaciones asumidas en esta convocatoria se producirá la pérdida del derecho a disfrutar estas ayudas. Surgirá, además, la obligación de reintegrar a esta corporación el precio de los bonos usados y entregar los restantes. Ello sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionador establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
13. REMISIÓN NORMATIVA.
Las bases reguladoras de la presente subvención quedan establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones, publicada en el B.O.P. Las Palmas, número 10, de 21 de enero de 2005.
A lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley General de Subvenciones.
14. PUBLICACIÓN.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se procede a remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, la información requerida en el artículo 20 del mismo texto legal sobre la presente convocatoria, para la posterior publicación de un extracto de la presente orden en el Boletín Oficial de la Provincia.
15. ÍNDICE DE ANEXOS.
a) Anexo I. Instancia Solicitud.
b) Anexo II. Declaración Responsable.”
ANEXO I
Instancia Solicitud
SUBVENCIÓN BONO TAXI, DIVERSIDAD FUNCIONAL Y PERSONAS MAYORES
D./Dña. _________________________________________, con D.N.I.: __________________, y domicilio en ____________________________. Localidad: ____________________. Provincia: _________________. Teléfono: _________________. Correo electrónico: ________________.
Actuando en nombre propio o en representación de: _______________________.
Conociendo la Convocatoria de la Subvención BONO-TAXI, DIVERSIDAD FUNCIONAL Y PERSONAS MAYORES 2022, y estimando que reúne las condiciones contempladas en la citada convocatoria
SOLICITA
Sea admitida la solicitud en la citada Convocatoria, a cuyo efecto acompaña la siguiente documentación:
1. Documentos acreditativos de la identidad del solicitante y, en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre.
2. Documentación indicada en el artículo 5 de la citada Convocatoria.
Al tiempo certifico que todos los datos que figuran en la referida documentación corresponden fielmente a la realidad y teniendo por presentada esta solicitud en tiempo y forma, se sirva para admitirla y previos trámites y pruebas estime oportunas, tenga a bien conceder lo interesado.
Firma en Puerto del Rosario, a _______ de _____________ de 2022.
CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS:
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El responsable del tratamiento de sus datos personales es la Concejalía de Transporte del Ayuntamiento de Puerto del Rosario.
b) Los datos personales que nos proporciona son necesarios para la gestión de la Subvención que nos solicita.
c) Puede Usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos y la limitación u oposición a su tratamiento, dirigiéndose al Registro General o a la sede electrónica.
ANEXO II
Declaración Responsable
SUBVENCIÓN BONO TAXI, DIVERSIDAD FUNCIONAL Y PERSONAS MAYORES.
D./Dña. _________________________________________, con D.N.I.: _________________, y domicilio en ____________________________. Localidad: ________________. Provincia: _________________. Teléfono: _________________. Correo electrónico: _______________________________________________________.
Actuando en nombre propio o en representación de: _______________________.
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
(__) Que no me hallo incurso en ninguna causa de prohibición para obtener la condición de persona beneficiaria de las previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, en particular que:
a) No he sido condenado/a mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
b) No he solicitado la declaración de concurso, ni he sido declarado insolvente en cualquier procedimiento en cualquier procedimiento ni me hallo declarado en concurso, ni estoy sujeto a intervención judicial, ni me encuentro inhabilitado conforme a la Ley concursal.
c) Que me encuentro al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Puerto del Rosario.
(__) Que se ha procedido a la justificación de las ayudas que se me han concedido con anterioridad el Ayuntamiento de Puerto del Rosario.
(__) Que se tienen las siguientes ayudas por justificar: (Indicar causas de la no justificación): ____________________________________________________________________________ (__) Que no se dispone de vehículo propio o de las personas que ejercen la representación. (__) Que se dispone de vehículo propio, pero no es posible utilizarlo por el siguiente motivo: ____________________________________________________________________________ (__) Que autorizo expresamente a la Administración municipal para que recabe cualquier tipo de información que pueda obrar en su poder o solicitarla a otras Administraciones. Y para que así conste y surta los efectos oportunos, firmo la presente.
Firma en Puerto del Rosario, a _______ de _____________ de 2022.